Propongo que se suprima el artículo II, 2. (preferiblemente) o se sustituya por el siguiente:
"El Congreso Europeo y sus dos Cámaras separadas residen en Bruselas, a menos que las Cámaras acuerden una residencia diferente dentro del territorio de la Unión Europea Federal".
y el apartado 5.3 han suprimido "fuera de Bruselas".
La motivación tiene dos razones.
1. No podemos saber que Bélgica será una parte inicial de la federación, y tener una asamblea legislativa situada físicamente fuera de la federación a la que da leyes no es justificable.
2. El Congreso debe poder determinar su propia ubicación. Pocas constituciones especifican la ubicación sin una forma de que la asamblea se mueva dentro de la nación, incluso si especifican una capital. Por ejemplo, la constitución sueca nombra Estocolmo pero permite que el parlamento decida trasladarse. El gobierno federal de EE.UU. está en Washington, DC, debido a la Ley de Residencia de 1790, no a la constitución.
Sé que la configuración actual de la UE tiene sus problemas específicos con Estrasburgo, Bruselas y el "circo ambulante", pero creo que la constitución federal debería estar libre de los defectos de un pasado intergubernamental, al menos en la palabra y en la forma.