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Tormenta de ideas para ver si el artículo II puede simplificarse más

Por Fabrice Luijten


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    Fabrice Luijten
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    Hace unas semanas, la Junta pidió a un par de miembros del grupo de 55+ que vieran si podían racionalizar aún más el segundo artículo de la Constitución. Se preguntó si había una forma más elegante de combinar ciertas compensaciones entre tamaño frente a manejabilidad de la cámara de ciudadanos, así como una posible compensación entre edad mínima para ser elegible para el cargo frente a la garantía de contar con políticos dignos del cargo en términos de experiencia, conocimientos, valores, diversidad y virtudes. Esperando así que el diseño del segundo artículo para contribuir a la toma de decisiones de alta calidad que es beneficioso para todos los ciudadanos de la federación a ser.

    La petición de la Junta se tradujo en una tormenta de ideas que tuvo lugar el pasado viernes. Nos gustaría compartir el resultado de la tormenta de ideas con los miembros de la Convención.

    Resultado de la tormenta de ideas:
    Tomamos el documento elaborado por Fabrice (ver anexo) como punto de partida para nuestro debate. La sensación general fue que la versión actual del artículo II ya hace un buen trabajo a la hora de equilibrar las diferentes compensaciones entre tamaño, diversidad, calidad y edad de la Casa de los Ciudadanos.

    Se mencionó una sugerencia concreta sobre el dimensionamiento dinámico. La sugerencia era mantener el marco actual, pero trabajar con pasos más pequeños. En lugar de añadir 100 delegados por cada 100 millones de ciudadanos en crecimiento demográfico, se sugirió añadir 25 delegados por cada 25.000.000 de ciudadanos en crecimiento demográfico. Una idea interesante que añade dinamismo, sin crecer demasiado. Esto podría significar, sin embargo, que si un país decide unirse o salir de la federación, tendrá un cambio en el tamaño de la casa de los ciudadanos. Esto plantea la cuestión de si sigue siendo sensato trabajar con el censo decenal como frecuencia adecuada para ajustar el tamaño de la Cámara de los Ciudadanos. Otra idea sería ajustar el número de delegados en cada ciclo electoral.

    Además, se han hecho observaciones generales sobre lo que es necesario para traducir adecuadamente la Constitución en instituciones que funcionen correctamente:

    1. La aplicación de los artículos "en el espíritu de" la constitución es importante. Con esto queremos decir que es posible traducir el segundo artículo de la constitución en leyes, normas de procedimiento, políticas, etc. muy tradicionales e incluso anticuadas. Lo mismo puede decirse de una traducción de lo que significa el artículo en leyes y políticas que vivan y respiren los valores del preámbulo. Sin embargo, esto no exige una formulación diferente del propio artículo. Sencillamente, no existe una formulación que nos garantice una traducción correcta. Podemos intentar evitar la traducción incorrecta en la medida de lo posible, y durante la tormenta de ideas nos pareció que se había hecho lo suficiente.
    o Por ejemplo,
     si tenemos una constitución sabia y adecuada a los tiempos que corren pero mantenemos un reglamento muy tradicional, entonces se perderá gran parte de la influencia de la nueva constitución.
     La forma en que los partidos políticos diseñen el procedimiento de selección definirá si éste dará lugar a los candidatos sabios, experimentados y diversos que desearíamos ver.
    o Este punto podría incluirse explícitamente en la exposición de motivos para garantizar que se le presta la debida atención cuando se elabore la Constitución.

    2. La Constitución espera contribuir a una toma de decisiones de alta calidad que conduzca a una federación próspera, beneficiosa para todos los ciudadanos. El resultado de nuestra lluvia de ideas debería ser exactamente éste.
    o Una vez más, esto no es algo que pueda garantizarse fácilmente a través del papel o de una redacción meticulosa de las palabras. Tanto la historia como la situación actual nos demuestran que la elaboración de políticas a menudo está guiada por intereses (en lugar de por "el interés común"), y se traduce en procedimientos burocráticos y a menudo muy detallados en el proceso. Lo que parece revelar una especie de desconfianza mutua en la base de la elaboración de leyes y políticas. Más o mejor papeleo no siempre implica más sabiduría.
     Una cosa importante que puede hacer la Constitución es limitar las posibilidades de abuso de poder y autoridad mediante buenos controles y equilibrios, pero esto no es lo mismo que garantizar una toma de decisiones de alta calidad. Igual que evitar que ocurra algo malo no es lo mismo que garantizar que ocurran las cosas correctas. Pero nos pareció que era una limitación que debíamos aceptar en vez de ignorar.
     La versión actual del artículo II hace un buen trabajo al limitar las posibilidades de abuso de poder.

    o Más bien, al parecer, se trata de equipar correctamente a los miembros de la cámara de los ciudadanos para que hagan bien su trabajo. Hay varias formas posibles de facilitarlo:
     Hacer que las normas de procedimiento incluyan todos los conocimientos científicos sobre los procesos de toma de decisiones, adaptando así el modo de funcionamiento de la cámara a las exigencias del siglo XXI.
     Reservar medios en forma de experiencia, personal e instalaciones para adquirir continuamente sabiduría y desarrollarte como profesional en tu papel de político. No debemos caer en la trampa de que la sabiduría es una condición estática que, una vez adquirida, es un hecho. Un político sabio no se crea aprobando un examen específico.
    - Una vez más, la solución no es organizar esto añadiendo más párrafos a la Constitución, sino centrándose en una buena y completa aplicación de su espíritu e intención.

    3. Otra línea de razonamiento interesante abordada en nuestra tormenta de ideas es el planteamiento de reequilibrar la trias politica. Si queremos reforzar el poder legislativo, también podemos plantearnos limitar los poderes del poder ejecutivo. Esto hace que sea importante examinar los próximos artículos de forma integral para ver si los tres poderes se mantienen en equilibrio.

    Así que podríamos concluir que el resultado de nuestra tormenta de ideas fue decepcionante en el sentido de que no se nos ocurrió ninguna mejora textual fundamental del actual artículo II. Por otro lado, esto también podría verse como un elogio al trabajo realizado hasta ahora.

    #2542

    Gracias por la lluvia de ideas y por el excelente resumen, Fabrice.

    Creo que el Artículo II es suficientemente bueno ahora (a la espera de las consiguientes correcciones si cambiamos los nombres de las instituciones o similar) en el sentido de que proporciona un buen marco para el poder legislativo.

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